Soluciones para aclarar la conducta infractora del artículo 16.1.e) de la LISOS

Resumen

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), a través de su Unidad Especial en materia de formación para el empleo, ha sancionado como autoras de una infracción muy grave de la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS) consistente en “la no aplicación o las desviaciones en la aplicación de las (…) subvenciones (…) de la formación profesional para el empleo” a entidades de formación que resultaron beneficiarias de subvenciones concedidas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para el desarrollo de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados en la convocatoria del año 2016.

Las resoluciones sancionadoras han sido impugnadas en vía judicial y actualmente están pendientes de resolución en primera o segunda instancia, según los casos. Sin embargo, anticipamos que no es el objeto del presente informe analizar las cuestiones relativas a la legalidad o ilegalidad de las sanciones impuestas. Sí lo es, desde la perspectiva de la eficacia general de las normas y del principio de seguridad jurídica, la discordancia manifiesta entre la configuración de la denominada formación de oferta y el criterio sostenido por la inspección actuante al imputar la infracción muy grave al resultado de ejecución conseguido por las beneficiarias de estas subvenciones.

Proyecto

Aclarar la conducta infractora del artículo 16.1.e) de la LISOS

Fecha

Octubre 2025

Resumen Ejecutivo
Informe